Una Aduana es un ente gubernamental que se encarga de controlar la mercancía que atraviesa la frontera. Además este ente percibe los derechos impuestos sobre la mercancía y tiene oficinas dispuestas para ello ubicadas en lugares estratégicos; generalmente en costas, aeropuertos, fronteras y terminales ferroviarios.
Debido a la ubicación geográfica, las Aduanas en Costa Rica controlan el pase de mercancía sin pago de impuesto, ya que es lo que prevalece. Las personas, empresas y demás, se niegan a cancelar lo que legalmente les corresponde, por esa razón existe la aduana, que legaliza el comercio y fortifica los fondos nacionales.
Restricciones y prohibiciones en la aduana en Costa Rica
Cuando un viajero dentro del equipaje incluye artículos en exceso, sin justificación alguna, es motivo de revisión en aduana. Existen restricciones y prohibiciones en la aduana en Costa Rica y toda persona que decida viajar sin inconvenientes al país tendrá que sujetarse a su Legislación.
Es claro que para el Ministerio de Hacienda, lo que contenga el equipaje debe ser usado y portátil, con una cantidad determinada de mercancía; cualquier alteración de este señalamiento es motivo de retención o puede llegar a ser decomisado. Lo mejor es tomar las previsiones que el caso amerita para evitar los extremos.
Si se pretende llevar a Costa Rica equipos íntegros de laboratorios, talleres y de oficinas, armas sin autorización de porte, municiones, vino, licor o alguna otra bebida que exceda los 5litros, exceso de golosinas (permitidos 2 Kilogramos), exceso de tabaco (permitidos 500gramos); seguramente aduana se encargará de retenerlos.
Si el viajero traslada cámaras de video, aparatos para grabación y reproducción solo le son permitidos 6 rollos de cintas magnéticas o rollos de película; si se excede en el número no le es permitido el pase. Las medicinas cuyo soporte médico no sea presentado, y su cantidad sea excesiva, tampoco podrán ingresar al país.
Si la mercancía que llega a Costa Rica se corresponde con aquella que requiere permiso del Ministerio de Salud, no tendrá autorización hasta tanto lo solicite, lo que requiere de tiempo, ya que dicho permiso o licencia requiere de un proceso que se extiende en el tiempo.
Cuando el viajero se extralimita en los montos y cantidad de mercancía, es mayor a lo indicado, la oficina aduanera, procede a retenerla y trasladarla a un depósito fiscal donde se aplicarán los procedimientos que dicta la Ley en cuanto a pago de aranceles y a desalmacenamiento.
En los últimos tiempos debido a las restricciones y prohibiciones en la aduana en Costa Rica, se han decomisado joyas, perfumes, repuestos para autos, ropa, zapatos, cosméticos, perfumes, ente otros; que pretendieron introducir en el país, sin pagar los impuestos correspondientes, haciendo creer que eran parte del equipaje.
Productos permitidos a la entrada por la aduana de Costa Rica
Cuando una persona viaja de un lugar a otro comúnmente lleva un equipaje, con sus pertenencias para la estadía en el lugar elegido. Si este lugar es Costa Rica; el material que porta tiene unas consideraciones que necesariamente debe respetar para que pueda permitírsele la entrada al país.
El Ministerio de Hacienda establece algunas regulaciones, entre las que indica lo que puede considerarse parte del equipaje del viajero. Los artículos deben cumplir con una normativa, que si no es satisfecha, esta Legislación los decomisa o retiene en los puestos de aduana, dispuestos con tal propósito.
Entre las consideraciones, existen productos permitidos a la entrada por la aduana de Costa Rica, que el viajero tiene derecho a cargar como artículos personales; pero en cantidad controlada; de tal forma puede llevar medicinas; con su respectiva prescripción médica, indicando la cantidad a tomar y debe estar identificada.
El material de trabajo puede llevarlo, mientras esté usado y sea portátil como computadora, impresora, grabadora, entre otros. Si son de uso personal, también portátil y usado, puede llevar ropa, libros, cámara y otros. Si además lleva artículos para el consumo propio y el de su familia, es posible de forma racionada.
Otros artículos que tienen pase sin inconveniente son los bolsos de mano, materiales de uso personal, joyas, artículos para hacer deporte y para recreación. Si el viajero desea llevar alguna herramienta para su labor profesional, puede hacerlo mientras no traslade un equipo completo. Además materiales para la caza adaptadas a las regulaciones relacionadas al caso.
Existe una acepción, cuando el viajero tiene mercancía que no excede los $500, una vez cada seis meses, se le concede un permiso y se le coloca una seña a su pasaporte. Puede ingresar a Costa Rica con un monto máximo de $10.000 en efectivo o su equivalente en otra moneda, tal como lo indica la Legislación.
Tarifas extra en la aduana de Costa Rica
Cuando se trata de importaciones, en aduana se realizan pagos de tres maneras; ad valorem, específicos y mixtos. El primero tiene que ver con el valor de la mercancía en valor porcentual, el segundo está referido al valor por unidad de la mercancía y el último a la combinación de los dos.
La mercancía importada tiene una clasificación, de acuerdo a esta el viajero costea una fracción arancelaria siguiendo los estatutos de Ley en conformidad con la “Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación”; sin embargo se generan costos adicionales debido a circunstancias específicas.
Se cancelan pagos adicionales por envío o Tarifas extra en la aduana de Costa Rica, si no hay alguna especificación al respecto. Existen cargos adicionales por paquete de gran tamaño, cuando hay “cuenta faltante o no válido” referido al número de cuenta, cuando se extralimitan o simplemente “facturación de derechos de aduanas e impuestos”.
Cuando sucede el último mencionado, se aplica en el caso de facturación por separado, entonces la aduana recarga el monto para cubrir los costos de esa facturación demás. Cuando la situación es debido al número de cuenta, supóngase que no sea el correcto o en su defecto sea de algún tercero que no quiere cancelar o no tenga el número.
Si la mercancía excede el límite máximo, tratándose de peso y medida, por ejemplo si el paquete a enviar pesa más de 70 Kg (150 libras), si su largo, ancho y longitud de circunferencia; exceden a los 274 cm (108 pulgadas), 400cm (157 pulgadas), por estos paquetes debe cancelarse el extra y otros cargos que se aplican según la Ley.
Dado el caso el paquete no pueda entregarse al destino por razones de peso, la devolución genera un cargo que el remitente debe cancelar, además de otros cargos que se suman por Ley. Si se utilizan envíos por UPS (sistema de despacho de aduana) hay un recargo si el paquete va a Estados Unidos, Canadá, Latinoamérica, Asia y Europa.
Además si el envío excede en medidas, el remitente pagará gastos a UPS. El peso facturable, mínimo de 40kg y se le al suma al pago por ser además, grande. Estos son los casos de pago por Tarifas extra en la aduana de Costa Rica con apoyo en una Tabla de Cargos Adicionales existente